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{left margin} A Lima Buen Suceso {center} Cargas pasajero Antonio de Ochoa yndio numero 45 Veinte Maravedis SELLO QUARTO VEINTE MARAVEDIS AÑO DE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS Don Juan Moreno y don Simon de Haedo contadores por Su Majestad del comercio libre de America en la Real Aduana de esta ciudad certificamos que haviendo reconocido los asientos de nuestros libros pertenecientes al rejistro de la fragata nombrada Nuestra Señora del Buen Suceso su maestre don Simon de Segura que se despacha al Callao de Lima consta que se han dado despachos por esta Real Aduana para cargar en dicho buque en nombre de don Antonio de Ochoa y de su cuenta y riesgo diez y seis cajones toscos y quatro tercios todo con generos extranjeros para entregar en primer lugar a don Felipe Ochoa y seis tercios tambien de extranjeros para entregar en primero a don Antonio Rodriguez del Hierro siendo el valor de ambas partidas setenta y cinco mil doscientos quarenta y nueve reales derechos de que satisfiso a Su Majestad los correspondientes reales derechos en la tesoreria de la misma aduana y para que asi conste donde combenga a pedimento del referido don Antonio de Ochoa damos la presente Cadiz seis de diziembre de mil setecientos ochenta y seis. Juan Moreno {rubric} Simon de Haedo y Varrio {rubric}

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Un real SELLO TERCERO UN REAL AÑOS DE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y QUATRO Y OCHENTA Y CINCO {left margin} Lima 29 de enero de 1784 Puestas las razones oportunas en el Real Tribunal del Consulado Caxas Reales y Real Aduana de no ser deudor el interesado a la Real Hazienda y evaquadas las otras diligencias respectivas al permiso de pasar como solicita a los reynos de España ocurrira despues a dicha Real Aduana en donde se le despachara segun corresponde por lo tocante al embarque de la plata labrada y demas que expresa. Escobedo {rubric}

Señor Visitador y Superintendente de Real Hacienda Don Antonio Ochoa en la mejor forma que haya lugar en derecho parezco ante Vuestra Señoria y digo que tengo necesidad de embarcarme para los reynos de España en uno de los navios que al presente se hallan en este puerto del Callao para regresar a España con mi cama baules y demas equipaje con la ropa de mi uso en que llebo quarenta marcos de plata labrada en varias piezas para mi uso y descencia (ya quintadas) y asimismo quatrocientos pesos en plata sellada por si se ofrece alguna arribada y un criado libre llamado Mariano Mena y se hace preciso el que Vuestra Señoria mande que hecho constar primero en las oficinas de Real Hacienda a que corresponden no ser deudor a ella y no se me ponga embaraso en mi embarque expidiendo para todo la providencia que fuere justicia en cuya atencion a Vuestra Señoria pido y suplico se sirva mandar segun y como

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llebo pedido que sera merced que espero alcanzar de la justificacion que Vuestra Señoria acostumbra. Antonio Ochoa {rubric}

Señor Visitador General y Superintendente de Real Hacienda Por lo que a este real fiscal del consualdo no tiene embarazo la licencia que le solicita el superintendente con la calidad de que se otorgue la partida de rexistro de la plata labrada y dinero que en ella espresa satisfaciendo se cedio correspondiente Lima y enero 25 de 1784. Jose Gonzalez Gutierrez {rubric} Antonio de Elizalde {rubric}

Señor Visitador Superintendente General de Real Hacienda En obedecimiento del superior decreto de Vuestra Señoria la razon que devo dar es que el suplicante no tiene cargo alguno en esta Administraçion de Alcavalas que le embarace la licencia que solicita Real Aduana de Lima 30 de enero de 1784. Joaquin Joseph de Arrese {rubric}

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Señor Visitador Superintendente General de Real Hacienda Por lo que haze a esta Real Caxa no tiene el suplicante cargo alguno que le embaraze la lizencia que solicita Lima 31 de enero de 1784. Diego Saenz de Tejada {rubrics} Manuel del Campo {rubric}

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